NOTICIAS
La Asociación de Celíacos de Europa celebra en Madrid su 36ª Asamblea
La 36ª Asamblea de la AOECS (Association of European Coeliac Societies) tuvo lugar en Madrid el pasado 16 de noviembre y el día previo se celebró una sesión científica abierta los representantes de las diferentes asociaciones nacionales integrantes de la AOECS así como a asociaciones invitadas, investigadores y empresas del sector.
La representante de la Asociación de Celíacos de Italia, Susanna Neuhold, habló sobre el etiquetado de los productos sin gluten, cuyo límite máximo de gluten permitido, 20 mg/kg (20 partes por millón, ppm), fue establecido por el Codex Alimentarius en 2008 y así ha sido adoptado por la legislación vigente en la Unión Europea, Reino Unido, Estados Unidos y Rusia.
El uso de la leyenda sin gluten varía, no obstante, de unas legislaciones a otras. En la Unión Europea no está permitido etiquetar sin gluten materias primas o productos que son sin gluten por naturaleza, mientras que en Estados Unidos sí se permite. En cambio, Estados Unidos no permite etiquetar sin gluten cervezas y otros alimentos fermentados a partir de cereales con gluten aunque hayan sido tratados y procesados para reducir su contenido en gluten hasta límites no superiores a las 20 ppm, mientras que en la Unión Europea sí se permite.
Más problemática resulta la declaración de las trazas, que no está regulada a nivel internacional y no es obligatoria. No hay relación entre el hecho de declarar o no las trazas y el riesgo asociado, es decir, puede haber productos que declaran trazas de gluten sin estar contaminados y productos contaminados en los que no hay declaración de trazas. Esto conlleva un doble problema según el perfil de cada consumidor: hay personas que ignoran por completo la declaración de las trazas y se exponen al consumo inadvertido de gluten mientras que hay personas que eluden cualquier producto en el que no haya declaración de trazas y se exponen a una alimentación nutricionalmente menos equilibrada al hacer una dieta excesivamente restrictiva.
Y otro problema es el etiquetado sin gluten en productos que contienen trigo entre sus ingredientes pero que no superan las 20 ppm de gluten, lo que genera confusión e inseguridad entre los consumidores ante la aparente contradicción. En la Unión Europea está permitido hacerlo así, en Estados Unidos se permite si se incluye un texto aclaratorio y en la legislación nacional holandesa no está permitido. El Codex Alimentarius está revisando sus directrices sobre la declaración de las trazas y la AOECS está trabajando con la Federación Europea de Alergias para clarificar también este aspecto.
En cuanto a la espiga barrada, símbolo que pueden incorporar los fabricantes en sus productos sin gluten como valor añadido, Jaqueline Pante, de la empresa Dr. Schär, comentó que es un distintivo cuya existencia es conocida por la amplia mayoría de los consumidores celíacos (97% en Francia y Reino Unido, 98% en España, 99% en Italia, Alemania y Estados Unidos), según una encuesta internacional realizada en 2019. El uso de este símbolo en su marca supone a la compañía realizar cada año más de 100.000 analíticas y 100 auditorías.
La encuesta también reveló que los criterios de selección de los productos sin gluten varían de unos países a otros. Los consumidores alemanes se fijan sobre todo en la presencia de la espiga barrada, en España o Italia se busca más la leyenda sin gluten, mientras que en Estado Unidos y Reino Unido se presta más atención al listado de ingredientes.
Por otro lado, se abordó el empleo los de tests de análisis de gluten en heces y orina para el control de la dieta sin gluten. Algunas representantes de la AOECS desaconsejan su uso doméstico y abogan por guías médicas en las que se recojan las condiciones de aplicación, tal como se ha hecho en el protocolo elaborado recientemente por la Sociedad Española de Enfermedad Celiaca.
Autor: Juan Ignacio Serrano Vela. Doctor en Biología. Servicio de Investigación de la Asociación.